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Es a través de este Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Estado, que por primera vez en el Estado de Puebla se determinaron acciones compensatorias en favor de las personas con discapacidad, de la diversidad sexual, y para las personas de los pueblos indígenas. Lo anterior, para que los partidos políticos y las candidaturas independientes otorgaran espacios en las listas de las fórmulas de Diputaciones por el principio de representación proporcional, así como en las planillas de Ayuntamientos y así garantizar un mayor acceso de participación en el Proceso Electoral Estatal Ordinario Concurrente 2023-2024.
Toda vez que el Acuerdo CG/AC-028/2021 fue impugnado por diversas personas ante el Tribunal Electoral del Estado, es así que mediante la Sentencia TEEP-JDC-035/2021 el Órgano Jurisdiccional Local ordenó modificar lo relativo a la acción afirmativa para las personas indígenas, en el sentido de incluir candidaturas indígenas en la elección de Diputaciones Locales por el principio de representación proporcional, así como incluir los 46 municipios con una población indígena igual o mayor al 40%.
En cumplimiento a lo ordenado en la sentencia TEEP-JDC-035/2021, el Órgano Máximo de Dirección del Instituto Electoral del Estado acató y modificó la acción afirmativa para las personas indígenas en el sentido de postular dentro de los primeros cuatro lugares de la lista de Diputaciones por el principio de representación proporcional una fórmula integrada por personas indígenas, así como postular al menos una formula, en cualquiera de las posiciones de las regidurías desde la segunda a la sexta, o en la respectiva sindicatura, para la integración de los ayuntamientos en los 46 municipios con porcentaje de población indígena igual o mayor al 40%.
Con motivo del Proceso Electoral Extraordinario 2022 y, toda vez que el municipio de San José Miahuatlán cuenta con una población indígena igual o mayor al 40% se aprobó la implementación de la acción afirmativa en favor de las personas indígenas, postulando al menos una formula, en cualquiera de las posiciones de las regidurías desde la segunda a la sexta o en la respectiva sindicatura.
Así, una vez pasado el plazo para que los partidos políticos postularan sus candidaturas para la elección extraordinaria 2022, el Consejo General se pronunció respecto al registro de candidaturas, observando el cumplimiento de la acción afirmativa para las personas indígenas en el municipio de San José Miahuatlán.
Con la finalidad de tener un órgano auxiliar para la elaboración de los instrumentos normativos necesarios para la implementación de acciones afirmativas para los grupos en situación de vulnerabilidad en el Estado de Puebla para el Proceso Electoral Estatal Ordinario Concurrente 2023-2024, se aprobó la creación de la “Comisión Especial para la Elaboración y Seguimiento de las Disposiciones en materia de Acciones Afirmativas”.
A través de este Acuerdo, se aprobó el calendario de actividades de la “Comisión Especial para la Elaboración y Seguimiento de las Disposiciones en materia de Acciones Afirmativas”, en el cual se determinaron las fechas para la realización de consultas a los diversos grupos en situación de vulnerabilidad, así como la aprobación de diversos instrumentos normativos.
A través de este Acuerdo se aprobó la Convocatoria dirigida a personas con discapacidad para que fueran partícipes en la consulta en materia político-electoral de carácter libre, previa, informada y de buena fe; a fin de emitir opiniones y propuestas que servirían de orientación en la implementación de acciones afirmativas en el Proceso Electoral Ordinario Concurrente 2023-2024.
Mediante este Acuerdo se aprobó la Convocatoria dirigida a personas de la diversidad sexual para que fueran partícipes en la consulta en materia político-electoral de carácter libre, previa, informada y de buena fe; a fin de emitir opiniones y propuestas que servirían de orientación en la implementación de acciones afirmativas en el Proceso Electoral Ordinario Concurrente 2023-2024.
Por medio de este Acuerdo se aprobó la Convocatoria dirigida a personas migrantes residentes en el extranjero originarias del Estado de Puebla, para que fueran partícipes en la consulta en materia político-electoral de carácter libre, previa, informada y de buena fe; a fin de emitir opiniones y propuestas que servirían de orientación en la implementación de acciones afirmativas en el Proceso Electoral Ordinario Concurrente 2023-2024.
Para contar con los elementos y siguiendo los procedimientos en materia indígena, el Consejo General mediante este Acuerdo aprobó el protocolo y la convocatoria para realizar la Consulta previa, libre, informada, culturalmente adecuada y de buena fe a personas, pueblos y comunidades indígenas, así como la convocatoria para personas observadoras de la consulta.
Concluidas todas las actividades de la “Comisión Especial para la Elaboración y Seguimiento de las Disposiciones en materia de Acciones Afirmativas”, es en este Acuerdo en el que se determinaron las acciones afirmativas en favor de personas con discapacidad, de la diversidad sexual, así como para las personas, pueblos y comunidades indígenas. Siendo estas medidas compensatorias de carácter obligatorio para los partidos políticos y candidaturas independientes, en el Proceso Electoral Ordinario Concurrente 2023-2024.
En este apartado se podrán encontrar las actas relativas a las diversas sesiones que llevó a cabo la “Comisión Especial para la Elaboración y Seguimiento de las Disposiciones en materia de Acciones Afirmativas”.
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