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OBSERVADORES CIUDADANOS



Reglas relativas a la ciudadanía que pretenda asistir con la calidad de personas observadoras ciudadanas a las asambleas que lleven a cabo las organizaciones interesadas en constituirse como partidos políticos locales





“Las personas que adquieran la calidad de personas observadoras ciudadanas y requieran más información acerca de las asambleas, deberán hacerlo a través del correo institucional [email protected]





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Fecha de última
actualización
Dirección de Prerrogativas y Partidos Políticos
Mtra. Amalia Oswelia Varela Serrano
09/05/2019





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